Las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales en Barcelona se pueden conceder para gestionar su residencia temporal y de trabajo, las más recurrentes son:
Arraigo sociolaboral:
Requisitos principales
- Haber permanecido de forma continuada en España durante al menos 2 años.
- No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
- Contar con un contrato de trabajo (firmado por trabajador y empleador) con una duración mínima de 1 año. Puede ser jornada completa o parcial.
Arraigo socioformativo:
Requisitos principales
- Acreditar una estancia continuada en España de al menos 2 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en país de origen.
- Estar matriculado, inscrito o comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo (por ejemplo, un certificado de profesionalidad, un curso oficial de formación profesional, etc.).
- Tener el informe de esfuerzo de integración.
Duración y condiciones
- La autorización inicial se concede por 12 meses.
Puede prorrogarse por otros 12 meses si la formación lo requiere.
Finalizada la formación, puedes solicitar una autorización de residencia y trabajo, presentando un contrato laboral relacionado con lo que estudiaste.
Arraigo social:
- Requisitos principales:
Vías de acceso: vínculos familiares o integración social
Se puede acceder por al menos una de estas vías:
- Vía familiar
Tener vínculos familiares con residentes legales en España:-
Cónyuge o pareja de hecho registrada.
Descendientes o ascendientes en línea directa (hijos, padres) con residencia legal.
El sustento económicos pueden provenir del familiar que tiene residencia legal, siempre que convivan o demuestren relación.
2. Vía integración social / esfuerzo de integración
- Si no tienes vínculos familiares, puedes aportar un informe favorable de integración social y demostrar medios económicos propios .
- Actividad por cuenta propia, siempre que cumpla todos los requisitos legales (aunque en muchos comentarios jurídicos se debate si se admite para el arraigo social).
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